Si ha descubierto que una vivienda de su propiedad ha sido ocupada, actuar con rapidez puede ser determinante para recuperar la posesión del inmueble.
El desalojo de okupas depende de múltiples factores, entre ellos el tipo de inmueble afectado, la forma en que se produjo la ocupación y la documentación disponible para acreditar la titularidad.
La Instrucción 1/2020 de la Fiscalía General del Estado unificó criterios para solicitar medidas cautelares de desalojo en determinados supuestos, facilitando una respuesta más rápida frente a algunas ocupaciones ilegales.
En esta guía explicamos cuándo puede solicitarse el desalojo de okupas y qué actuaciones conviene realizar desde el primer momento.
👉 ¿Han ocupado su vivienda o inmueble?
En De la Torre Madrid Abogados analizamos de forma urgente la situación y estudiamos las acciones legales disponibles para recuperar la posesión del inmueble.
Cuéntenos su caso
1. ¿Qué hacer ante un desalojo de okupas?
Ante una ocupación ilegal resulta recomendable actuar inmediatamente.
Entre las primeras actuaciones suelen encontrarse:
- denunciar los hechos;
- recopilar documentación acreditativa de la propiedad;
- obtener pruebas de la ocupación;
- solicitar asesoramiento jurídico especializado.
La rapidez puede resultar determinante para el éxito de determinadas medidas.
2. Diferencia entre allanamiento de morada y usurpación
La legislación distingue entre dos situaciones muy diferentes.
Allanamiento de morada
Se produce cuando la ocupación afecta a una vivienda que constituye morada del propietario o poseedor legítimo.
La protección jurídica es especialmente intensa.
Usurpación
Se refiere normalmente a inmuebles que no constituyen morada.
En estos casos pueden existir mayores dificultades para obtener una recuperación inmediata de la posesión.
3. ¿Puede la policía desalojar a los okupas?
La respuesta depende de las circunstancias concretas del caso.
No todas las ocupaciones ilegales reciben el mismo tratamiento jurídico.
Por ello resulta esencial analizar:
- cuándo se produjo la ocupación;
- qué tipo de inmueble está afectado;
- qué pruebas existen;
- qué actuaciones policiales se han realizado.
4. ¿Cuándo puede solicitarse el desalojo cautelar de okupas?
La Instrucción 1/2020 de la Fiscalía General del Estado contempla la posibilidad de solicitar medidas cautelares de desalojo cuando concurren determinados requisitos.
Entre otros aspectos, suele valorarse:
- la existencia de indicios suficientes de delito;
- el perjuicio ocasionado al propietario;
- la necesidad de evitar que la situación se prolongue.
Cuanto antes se recopile la documentación necesaria, mayores posibilidades existirán de fundamentar adecuadamente la solicitud.
5. ¿Influye que haya menores o personas vulnerables?
La existencia de menores o personas vulnerables puede requerir la intervención de los servicios sociales competentes.
Sin embargo, cada situación debe analizarse individualmente.
La valoración de estas circunstancias no impide automáticamente el estudio de las medidas legales disponibles para recuperar la vivienda.
6. ¿Qué documentación necesita el propietario?
Entre la documentación que puede resultar relevante se encuentra:
- escritura de propiedad;
- nota simple registral;
- recibos de suministros;
- contratos relacionados con el inmueble;
- denuncias presentadas;
- fotografías o pruebas de la ocupación.
La documentación disponible puede tener una influencia decisiva en la estrategia jurídica.
7. ¿Cuánto tarda el desalojo de okupas?
El tiempo necesario para obtener el desalojo de okupas dependerá de las circunstancias concretas del procedimiento. No obstante, actuar desde el primer momento y aportar toda la documentación disponible suele facilitar una tramitación más eficaz.
La duración dependerá de factores como:
- tipo de ocupación;
- actuación de los ocupantes;
- pruebas disponibles;
- medidas adoptadas por el juzgado;
- circunstancias particulares del inmueble.
Por ello resulta fundamental estudiar cada asunto de forma individual.
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¿Necesita ayuda para recuperar una vivienda ocupada?
La ocupación ilegal de una vivienda puede generar importantes perjuicios económicos y personales.
En De la Torre Madrid Abogados estudiamos cada caso de forma urgente y analizamos las opciones legales disponibles para solicitar el desalojo de okupas y recuperar la posesión del inmueble.
Cuéntenos su caso
Indíquenos:
- si se trata de vivienda habitual, segunda residencia o inmueble vacío;
- cuándo tuvo conocimiento de la ocupación;
- si ya existe denuncia;
- documentación disponible.
Analizaremos las posibles actuaciones para recuperar su propiedad lo antes posible.

