
La liquidación del régimen de gananciales es uno de los trámites más importantes tras un divorcio o tras el fallecimiento de uno de los cónyuges.
Su finalidad es determinar qué bienes y deudas forman parte de la sociedad de gananciales y cómo deben repartirse.
La liquidación del régimen de gananciales puede realizarse de mutuo acuerdo o mediante un procedimiento judicial cuando existen discrepancias entre los cónyuges.
En esta guía explicamos cómo liquidar el régimen de gananciales, qué pasos deben seguirse y qué cuestiones conviene revisar antes de firmar cualquier acuerdo.
1. ¿Cuándo debe liquidarse el régimen de gananciales?
La sociedad de gananciales debe estar previamente disuelta.
Las causas más habituales son:
- divorcio;
- nulidad matrimonial;
- fallecimiento de uno de los cónyuges;
- cambio a otro régimen económico matrimonial.
Es importante recordar que la disolución y la liquidación no son lo mismo.
2. ¿Cómo liquidar el régimen de gananciales?
La liquidación suele desarrollarse en tres fases.
Fase 1. Inventario de bienes y deudas
El primer paso consiste en elaborar un inventario.
Deben identificarse:
- viviendas;
- cuentas bancarias;
- vehículos;
- participaciones sociales;
- inversiones;
- préstamos e hipotecas;
- otras deudas pendientes.
La correcta valoración de los bienes suele ser una de las cuestiones que más conflictos genera.
Fase 2. Pago de deudas y reembolsos
Antes de repartir el patrimonio es necesario determinar las deudas existentes.
También deben analizarse los posibles créditos entre la sociedad de gananciales y los cónyuges.
Por ejemplo, puede ocurrir que uno de ellos haya utilizado dinero privativo para afrontar gastos comunes.
Fase 3. Reparto de los bienes
Una vez calculado el patrimonio neto, los bienes pueden adjudicarse a cada cónyuge.
El objetivo es que ambos reciban una participación equivalente.
Cuando uno de los cónyuges recibe bienes de mayor valor, puede ser necesario compensar económicamente al otro.
3. Diferencia entre disolución y liquidación de gananciales
Es habitual confundir ambos conceptos.
La disolución supone el fin de la sociedad de gananciales.
La liquidación es el procedimiento posterior mediante el cual se identifican, valoran y reparten los bienes y deudas.
Por ello, es posible que una sociedad de gananciales esté disuelta durante años sin haber sido liquidada.
4. ¿Qué impuestos se pagan al liquidar gananciales?
La fiscalidad depende de las circunstancias concretas del reparto.
Con carácter general, la liquidación del régimen de gananciales puede tener un tratamiento fiscal diferente al de una compraventa o una donación.
Por ello, antes de formalizar cualquier acuerdo conviene estudiar las consecuencias tributarias de la operación.
5. Liquidación de gananciales tras el fallecimiento de un cónyuge
Cuando uno de los cónyuges fallece, la liquidación de gananciales suele ser un paso previo al reparto de la herencia.
Antes de distribuir los bienes hereditarios es necesario determinar:
- qué bienes pertenecían a la sociedad de gananciales;
- qué bienes eran privativos;
- qué parte corresponde al cónyuge viudo;
- qué bienes integran la herencia.
Una correcta liquidación evita conflictos posteriores entre herederos.
6. ¿Es obligatorio acudir a juicio para liquidar gananciales?
No siempre.
Si existe acuerdo entre los cónyuges, la liquidación puede formalizarse de forma consensuada.
Cuando no existe acuerdo, puede ser necesario acudir al procedimiento judicial correspondiente para resolver las discrepancias.
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La valoración de bienes, la existencia de deudas o las consecuencias fiscales pueden influir de forma decisiva en el resultado final del reparto.
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